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Renta de Garantia de Ingresos

Xedea: Dotar de una prestación económica para hacer frente tanto a los gastos asociados a las necesidades básicas, como a los gastos derivados de un proceso de Inserción Social.
Hartzaileak: Los destinatarios están regulados por la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social.
Baldintzak:

  • Haber constituido un hogar independiente, como mínimo con un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud (quedan exceptuados de cumplir este plazo quienes tengan a su cargo menores de edad o personas con calificación de minusvalía. A estos efectos, se entenderá que dichas personas están a su cargo cuando convivan con el beneficiario).

  • Estar empadronado/a como residente, al menos con 3 años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud, en cualquiera de los municipios integrados en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco. A los efectos de dicho plazo, podrán computarse los periodos de empadronamiento en distintos municipios de la Comunidad Autónoma, siempre que los mismos sean sucesivos.

  • Disponer de unos recursos inferiores a la cuantía del ingreso mínimo de inserción correspondiente.

  • Tener cumplidos 25 años y no sobrepasar la edad mínima exigida para tener acceso a una pensión pública por ancianidad. No obstante, podrán ser beneficiarios los menores de 25 años que, reuniendo el resto de los requisitos, tengan a su cargo menores o personas con calificación de minusvalía en los términos establecidos en el apartado 1.

Aurkeztu beharreko agiriak:

  • Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado

  • Certificado de bienes de Hacienda Estatal.

  • Certificado de bienes y fotocopia de la última declaración de la Renta de la Hacienda Foral, o en su caso, certificado de estar exento de realizarla de todos los mayores de edad que residen en el domicilio.

  • Certificado de depósitos bancarios en cuentas corrientes, libretas de ahorro y valores mobiliarios (plazos fijos, fondos de inversión, planes de pensiones...) de todas las personas que convivan en el domicilio.

  • Certificado de estar inscrito en el INEM de todos los mayores de 16 años.

  • Certificado del INEM indicando si reciben o no prestaciones, de todos los mayores de 16 años que conviven en el Municipio.

  • Certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social de todas las personas que conviven en el domicilio, indicando si son perceptores de alguna prestación de la Seguridad Social.

  • Fotocopia del D.N.I. de todas aquellas personas que convivan en el domicilio del solicitante.

  • Fotocopia del pasaporte y/o tarjeta de residencia.

  • Saldo actual y medio del último año y del año en que se realice la solicitud.



Esta relación de documentación es necesaria para la solicitud  de cualquier prestación económica,; no obstante, en funcion de la situación socio-económica de la solicitud, puede ser requerida documentación adicional.

Dokumentazioa aurkezteko tokia: Departamento de Acción Social
Oharrak:

La concesión de la renta básica para la inclusión y protección social estará vinculada al establecimiento con la persona titular de un convenio de inclusión en los términos previstos en el capítulo I del título III, al objeto de facilitar su inclusión social y laboral.


Sin embargo, las unidades de convivencia compuestas por pensionistas no estarán necesariamente obligadas a un convenio de inclusión, si bien la persona titular y los demás miembros de su unidad de convivencia dispondrán de apoyos específicamente orientados a su inclusión social y, en su caso, laboral, cuando el diagnóstico de necesidades elaborado por el servicio social correspondiente así lo determine.


Es requisito imprescindible para la tramitación de esta prestación, una entrevista previa con la Trabajadora Social con objeto de valorar la situación.

Tramitazioa egiten duen atala: Gizarte Ekintza - 94 466 63 48 - accion_social@basauri.net
Atal hartzailea: Gizarte Ekintza - 94 466 63 48 - accion_social@basauri.net
Harremanetarako:

Departamento de Bienestar Social

Dokumentu normalizatuak:
Ohiko galderak
  • ¿Qué es la Renta de Garantia de Ingresos?
  • La Renta de Garantía de Ingresos, hasta 31 de diciembre de 2008 Renta Básica  (antiguo IMI) es una prestación periódica de naturaleza económica, dirigida a las personas integradas en una unidad de convivencia que no disponga de ingresos suficientes para hacer frente tanto a los gastos asociados a las necesidades básicas como a los gastos derivados de un proceso de inclusión social.


    Tiene carácter subsidiario y, en su caso, complementario de todo tipo de recursos y/o prestaciones similares previstas en la legislación vigente, las cuales deberán hacerse valer previamente al acceso a la prestación.


    Se otorga con carácter alimenticio e intransferible, no pudiendo ser objeto de embargo o retención, ni ofrecerse en garantía de obligaciones, o ser objeto de cesión total o parcial.

  • ¿Quién puede ser beneficiario/a de la Renta Básica?
  • Pueden ser beneficiarios/as de la Renta Básica (RB) las personas que reúnan los siguientes requisitos

Definiciones: RENTA GARANTIA INGRESOS: Prestación periódica de carácter económico, dirigida a cubrir las necesidades de aquellas personas que carezcan de recursos económicos suficientes para hacer frente a los gastos básicos de supervivencia. Tiene carácter subsidiario y complementario. Y se otorga con carácter alimenticio en beneficio de todos los miembros de la unidad económica de convivencia independiente. Es intransferible y por lo tanto no puede: - Ofrecerse en garantía de obligaciones. - Ser objeto de cesión total o parcial. - Ser objeto de compensación o descuento, salvo para el reintegro de las prestaciones indebidamente percibidas. - Ser objeto de retención o embargo, salvo en los supuestos y con los límites previstos en la legislación general del Estado que resulte de aplicación.
Ebazpena egiteko organoa: Diputación Foral de Bizkaia
Legezko epea: 3 meses
Eskubideak:

  • Dignidad

  • Privacidad y confidencialidad.

  • Autonomía.

  • Información.

  • Evaluación de sus necesidades.

  • Plan individual de atención.

  • Calidad del servicio.

  • Participación.

  • Conocimiento y defensa de sus derechos.

Konpromisoa:

  • Garantia de confidencialidad de la información

  • Dar cita con la trabajadora social al instante a través del canal teléfónico o presencial, y al día siguiente si se usa el canal telemático.