Impuesto de vehículos de tracción mecanica (IVTM)

Nuevos requisitos(Norma Foral 3/2009) desde 01/01/2010 para la exencion por minusvalia del impuesto de vehículos de tracción mecanica.

  • Que el vehículo tenga menos de 14 caballos fiscales.
  • Que la discapacidad sea del 65% o superior.
  • Si está entre 33% y 65%, que se encuentren en estado carencial de movilidad reducida; esto es, situaciones A, B o C o 7 puntos o más en las letras D, E, F, G o H del baremo de movilidad que figura en el Anexo III del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre.
  • Se notificará la anulación de la exención a los que no cumplan los nuevos requisitos.