Principios básicos de seguridad

Si varias cosas pueden ir mal, irá mal la que provoque mayores problemas. (17ª Ley de Murphy)
Los titulares de locales y organizadores de espectáculos deben cumplir las normas que eviten riesgos a personas y bienes.(Artículo 17º de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas del País Vasco)
Sólo te acuerdas de la salida de emergencia cuando la buscas desesperadamente. (8ª Ley de Murphy)
Los locales con aforo superior a 300 personas deben disponer de un plan de emergencia conforme a las normas vigentes. (Artículo 8º de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas del País Vasco)
Cualquier construcción que dependa de la precisión humana es imprecisa. (8ª Ley de Murphy)
Las instalaciones destinadas a espectáculos y actividades recreativas deben reunir las condiciones exigidas de solidez de sus estructuras. (Artículo 8º de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas del País Vasco)
Es posible construir un edificio a prueba de bombas. Pero no a prueba de chispas. (8ª Ley de Murphy)
Los locales destinados a espectáculos y actividades recreativas deben reunir las medidas exigidas de prevención y protección contra incendios. (Artículo 8º de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas del País Vasco)
Que se cumpla la Ley depende de ti.
El Plan General de Inspecciones del Gobierno Vasco y los ayuntamientos contempla la comprobación de las medidas de seguridad en 18.000 locales e instalaciones de la CAV dedicados a espectáculos y actividades recreativas. Sus titulares y gestores tienen la obligación de respetar las normas de seguridad exigidas por la ley y evitar con ello posibles perjuicios a personas y bienes. Tu seguridad es un derecho. Exígela.