Son órganos de colaboración, deliberación y asesoramiento de la Corporación de carácter consultivo, con capacidad para realizar propuestas y sugerencias, de los que forman parte agentes sociales, entidades y colectivos municipales, a través de los cuales se hace efectiva la participación y el acercamiento de los colectivos vecinales a la gestión de los asuntos de interés público local.

   Los Consejos Sociales desempeñan las siguientes funciones:

  • Presentación de iniciativas, sugerencias y propuestas relativas a asuntos propios de su ámbito material para su estudio por los correspondientes Áreas, Departamentos y Organismos Municipales.
  • Colaboración y asesoría en la elaboración de estudios, programas y proyectos relacionados con la materia de su sector de actividad.
  • Recepción de la información municipal y comunicación y difusión de la misma a las entidades ciudadanas implicadas.

   El funcionamiento de los Consejos:  Se puede consultar en el Reglamento Orgánico de Transparencia, Gobierno Abierto y Participación.

   Las actas de los Consejos puede consultarlas aquí ...

   La participación ciudadana se podrá articular, entre otros, a través de los siguientes órganos:
   a)  El Consejo de Ciudad.
   b)  Los  Consejos  Sectoriales  de  Participación,  entre  los  que  se pueden encontrar:
         b.1.- El Consejo o Foro de Sostenibilidad.
         b.2.- El Consejo de Igualdad.
         b.3.- El Consejo Asesor de Planeamiento Municipal.
         b.4.- El Consejo de Euskera.